Productos de cuidado personal son aquellos productos que sin tener la consideración legal de cosméticos, biocidas, productos sanitarios o medicamentos, están destinados a ser aplicados sobre la piel, dientes o mucosas del cuerpo humano con la finalidad de higiene o de estética, o para neutralizar o eliminar ectoparásitos.
Dentro de los productos de cuidado personal, podemos encontrar los siguientes tipos:
- Dentífricos: pastas dentífricas, colutorios, blanqueadores dentales, chicles o comprimidos para higiene bucal, productos hiperfluorados de uso profesional.
- Productos de estética: tintas para tatuajes y productos para maquillaje permanente, mascarillas de abrasión de la piel por vía química o parches transdérmicos.
- Pediculicidas.
- Productos de higiene: hidratantes vaginales, limpiadores anales en caso de hemorroides, productos para el masaje deportivo, limpiadores nasales o limpiadores oculares.
Para la cumplimentación de los modelos puede utilizarse la documentación necesaria para la autorización de comercialización de productos de cuidado personal.
- Plan sectorial para la vigilancia del mercado de la AEMPS
- Documento informativo destinado a los organos de contratación de los hospitales y centros de atención residencial a dependientes sobre requisitos que han de cumplir los cosméticos y los productos de cuidado personal
- Resolución del Consejo de Europa ResAP (2008)1 sobre tatuajes y maquillajes permanentes (febrero 2008)
- Recomendaciones de la AEMPS sobre tintas de tatuaje y de maquillaje permanente
- Preguntas y respuestas sobre productos de cuidado personal
- Preguntas y respuestas frecuentes sobre la aplicación de Registro de Productos e Instalaciones Biocidas y Productos de Cuidado Personal
- Preguntas y respuestas más frecuentes sobre la declaración responsable de actividades de fabricación y/o importación de productos de cuidado personal
- Preguntas y respuestas relacionadas con los Certificados de Libre Venta (CLV) de productos cuidado personal