La reclamación de deudas, derivada del Real Decreto Legislativo 1/2015, de 24 de julio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Garantías y uso racional de los medicamentos y productos sanitarios, engloba los siguientes procedimientos:
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Reclamación de deudas en vía voluntaria
El artículo 125.3 del TRLGURM, en su redacción vigente desde el 28 de junio de 2023, dispone lo siguiente:
”La gestión recaudatoria de las tasas reguladas en esta ley corresponde, en vía voluntaria, al Ministerio de Sanidad y a la Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios, según su respectiva competencia.”
Una vez identificada la deuda y el deudor por parte del departamento que presta el servicio, se inicia de oficio la reclamación de deudas en vía voluntaria por parte de la AEMPS, donde se detallaran los importes debidos correspondientes a los servicios prestados por la AEMPS.
En el caso de presentación de alegaciones, el interesado tiene que enviar el escrito de alegaciones y la documentación justificativa que desee aporta por los medios admitidos en derecho (Ley 39/ 2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, dada la obligación de relacionarse por medios electrónicos que se establece en el artículo 14):
Para residentes en España:
- Registro electrónico único (con certificado electrónico)
Para no residentes en España:
- Correo postal:
Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios
Servicio de Contabilidad y Tasas
Campezo 1, Edificio 8. 28022 Madrid – España - Registros de las Administraciones
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Reclamación de deudas en vía ejecutiva
Una vez agotada la vía voluntaria sin el pago/liquidación de la deuda, se inicia de oficio el procedimiento de reclamación en vía ejecutiva por parte de la AEMPS.
El Convenio entre la Agencia Estatal de Administración Tributaria y Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios, para la recaudación en vía ejecutiva de los recursos de naturaleza pública de dicho ente, expone que:
“La Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios (AEMPS) y la Agencia Tributaria convienen que la recaudación en vía ejecutiva de tasas públicas y sanciones gestionadas por dicha Entidad se realice a través de los órganos de recaudación de la Agencia Tributaria”.
Para dudas y consultas contacte con tasasydevoluciones@aemps.es