Subida de las tasas de la Agencia Española de Medicamentos Y Productos Sanitarios para el año 2011

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Última actualización: 30/12/2010

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30 de diciembre de 2010

Según el artículo 83 de la Ley de Presupuestos Generales del Estado para el año 2011, “se elevan a partir del 1 de enero de 2011 los tipos de cuantía fija de las tasas de la Hacienda estatal hasta la cuantía que resulte de la aplicación del coeficiente 1,01 al importe exigible durante el año 2010”. Por lo tanto, la novedad es que se incrementa el importe de las tasas de la Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios en un 1%.

Por ello, a partir del 1 de enero de 2011, las tasas que se presenten en el registro general de la AEMPS (Parque Empresarial Las Mercedes. c/ Campezo, 1 – Edificio 8. 28022 MADRID) deberán corresponderse con las recogidas en el artículo 83 de dicha Ley. Para consultar los importes exactos que estarán vigentes a partir de dicha fecha, puede acceder a la web de la AEMPS, sección Industria/ Tasas.

ESTA MODIFICACIÓN SERÁ APLICABLE A PARTIR DEL 1 DE ENERO DE 2011

En el caso de tasas que se hayan autoliquidado y pagado hasta el 31 de diciembre de 2010 y que se presenten en el Registro de la AEMPS a partir del 1º de enero de 2011, deberán acompañar liquidación complementaria en un impreso del modelo 791, y deberán reflejar que es ingreso complementario del acreditado mediante el justificante original en la casilla correspondiente.

Para todas las cuestiones relacionadas con este tema pueden ponerse en contacto con el personal del Servicio de Contabilidad y Tasas de la Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios