Última actualización: 30/12/2009
NOTA INFORMATIVA
30 de diciembre de 2009
Según el artículo 81 del Proyecto de la Ley de Presupuestos Generales del Estado para el año 2010, «se elevan a partir del 1 de enero de 2010 los tipos de cuantía fija de las tasas de la Hacienda estatal hasta la cuantía que resulte de la aplicación del coeficiente 1,01 al importe exigible durante el año 2009«. Por lo tanto, la novedad es que se incrementa el importe de las tasas de la Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios en un 1%.
Por ello, a partir del 1 de enero de 2010, las tasas que se presenten en el registro general de la AEMPS (c/ Campezo, 1 – Edificio 8. 28022 MADRID) deberán corresponderse con las recogidas en el artículo 81 de dicha Ley. Para consultar los importes exactos que estarán vigentes a partir de dicha fecha, puede acceder a la web de la AEMPS, sección Industria / Tasas.
ESTA MODIFICACIÓN SERÁ APLICABLE A PARTIR DEL 1 DE ENERO DE 2010
En el caso de tasas que se hayan autoliquidado y pagado hasta el 31 de
diciembre de 2009 y que se presenten en el Registro de la AEMPS a partir del 1
de enero de 2010, deberán acompañar liquidación complementaria en un impreso
del modelo 791, y deberán reflejar que es ingreso complementario del acreditado
mediante el justificante original en la casilla correspondiente.