A partir del 9 de junio de 2026 la página web corporativa de la AEMPS no tendrá actualizaciones de contenido por motivos de mantenimiento. El contenido ya existente continuará disponible pero no se producirán nuevas publicaciones, incluyendo notas informativas, alertas, boletines o actualizaciones de contenido. Todas las aplicaciones, así como la sede electrónica continuarán funcionando con normalidad.

Desde la AEMPS estamos trabajando para poder publicar con normalidad tan pronto como sea posible. Disculpen las molestias.

portadaCovid19

Aplicación de los nuevos criterios sobre las reivindicaciones en los geles hidroalcohólicos para manos de carácter cosmético

Inicio > Comunicación > Notas informativas > Cosméticos > Aplicación de los nuevos criterios sobre las reivindicaciones en los geles hidroalcohólicos para manos de carácter cosmético
Fecha de publicación: 11 de diciembre de 2020

Categoría: cosméticos
Referencia: COS, 14/2020

  • Recientemente la comisión Europea ha hecho públicos los criterios sobre las reivindicaciones que no son propias de los geles hidroalcohólicos de carácter cosmético
  • Los criterios relativos a la prohibición de indicar el porcentaje de alcohol en el producto, los pictogramas del CLP y alegaciones relativas a la higienización son novedosos
  • A nivel nacional, se ha considerado adecuado establecer un periodo de tiempo para que las personas responsables de los productos se adapten a los nuevos criterios

La Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios (AEMPS) publicó el pasado 23 de noviembre la nota informativa COS, 12/2020 en la que informaba sobre el documento recientemente publicado por la Comisión europea relativo a las reivindicaciones en los geles de manos hidroalcohólicos que no se enjuagan, en el contexto de la pandemia de la COVID-19 (Product claims of leave-on hydro alcoholic hand gels in the context of COVID-19 pandemic).

Este documento informa de los criterios, que en el contexto de la pandemia de la COVID-19, se deben tener en cuenta en el etiquetado, la comercialización y la publicidad de los geles hidroalcohólicos para manos de carácter cosmético.

La mayoría de estos criterios ya se aplicaban con anterioridad a la publicación del citado documento y no suponen una novedad para el sector. Sin embargo, los criterios relativos a la prohibición de indicar el porcentaje de alcohol en el producto, los pictogramas del CLP y alegaciones relativas a la higienización son novedosos.

En consecuencia, se ha establecido que a nivel nacional las empresas responsables dispondrán hasta el 30 de junio de 2021 para adaptar tanto el etiquetado como el material promocional de los nuevos productos o lotes que pongan en el mercado, a estos nuevos criterios.