La Orden SCO/2874/2007, de 28 de septiembre, por la que se establecen los medicamentos que constituyen excepción a la posible sustitución por el farmacéutico con arreglo al artículo 86.4 de la Ley 29/2006, de 26 de julio, de garantías y uso racional de los medicamentos y productos sanitarios, indica aquellos medicamentos que, por razón de sus características, constituyen una excepción a los criterios generales de sustitución por el farmacéutico establecidos en el artículo 89 del texto refundido de la Ley de garantías y uso racional de los medicamentos y productos sanitarios, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/2015, de 24 de julio. Esta Orden es de aplicación en la dispensación de medicamentos efectuada por el farmacéutico en oficina de farmacia.
La política de uso de medicamentos en el ámbito hospitalario se fija en comisiones interdisciplinarias que promueven el Uso Racional del Medicamento atendiendo a la Ley y buena práctica, incluido el intercambio terapéutico.
El listado exhaustivo de medicamentos no sustituibles por otro con igual principio activo se mantiene permanentemente actualizado en la página web de la Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios.
- Listado de medicamentos biológicos
- Listado con principios activos de estrecho margen terapéutico
- Listado de medicamentos de especial control médico: esta clasificación fue derogada, y no hay, por lo tanto, medicamentos no sustituibles en función de este criterio
- Listado de medicamentos para el aparato respiratorio administrados por vía inhalatoria