Última actualización: 20/01/2015
Introducción
El Comité de la Farmacopea y el Formulario Nacional es el órgano colegiado de la Agencia que tiene por objeto promover y supervisar los trabajos desarrollados por la Farmacopea y el Formulario Nacional. Las funciones y la composición del Comité de la Farmacopea y el Formulario Nacional se describen en el Real Decreto 1275/2011, de 16 de septiembre, por el que se crea la Agencia estatal “Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios”, y se aprueba su Estatuto (BOE núm. 229, de 23 de septiembre).Funciones
Son funciones del Comité de la Farmacopea y el Formulario Nacional:- Informar, con carácter preceptivo y no vinculante, las sucesivas ediciones de la Real Farmacopea Española y del Formulario Nacional, así como sus adiciones y correcciones, y proponer las fechas de su entrada en vigor.
- Aprobar la propuesta de listado de nuevas monografías y otros textos a incluir en el Formulario Nacional.
- Establecer las prioridades en la elaboración de las nuevas monografías del Formulario Nacional o la revisión de las antiguas.
- Asesorar a la Delegación Española en la Comisión de la Farmacopea Europea.
- Velar por que la elaboración de las monografías del Formulario Nacional responda a los criterios de transparencia informativa, calidad, objetividad y rapidez, así como que tenga en consideración lo establecido en otros Formularios internacionales con vistas a una armonización internacional.
- Recabar la colaboración eventual de asesores con conocimientos destacados en materias específicas.
- Proponer al Director de la Agencia la realización de estudios e investigaciones que estime necesarios para el mejor cumplimiento de la finalidad de la Farmacopea y del Formulario Nacional.