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Procedimiento para la Notificación de movimientos de estupefacientes

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Última actualización: 21 de julio de 2022

Oficinas y servicios de farmacia

A partir del día 1 de enero de cada año estará disponible la aplicación informática desarrollada por la Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios (AEMPS) para que las oficinas y servicios de farmacia puedan notificar de forma telemática durante el mes de enero, los datos anuales de movimientos de estupefacientes, según se establece en los puntos 4 y 7 del artículo 17 del Real Decreto 1675/2012, de 14 de diciembre, por el que se regulan las recetas oficiales y los requisitos especiales de prescripción y dispensación de estupefacientes para uso humano y veterinario.

Las oficinas y servicios de farmacia ubicados en la siguientes comunidades y ciudades autónomas podrán realizar sus notificaciones, entre el 1 y el 31 de enero de cada año, a través de esta aplicación.

  • Andalucía
  • Asturias
  • Canarias
  • Cantabria
  • Castilla-La Mancha
  • Castilla-León
  • Extremadura
  • Galicia
  • Madrid
  • Melilla
  • Murcia
  • Navarra
  • La Rioja
  • País Vasco

Lista de contactos del Servicio de Atención al Usuario de las CC.AA. y /o COF para resolver las dudas que puedan surgir al realizar estas notificaciones

Entidades de distribución

Las entidades de distribución podrán notificar de forma telemática los datos mensuales de movimientos de medicamentos y sustancias estupefacientes a través de la aplicación LABOFAR, tal y como se establece en el artículo 35 del Real Decreto de 8 de julio de 1.930, del reglamento provisional sobre la restricción de estupefacientes